¿En el aeropuerto somos vulnerables por el contenido digital de nuestros equipos móviles?
- Yizeth Arellano
- 12 jul 2017
- 6 Min. de lectura
Luego de que la campaña presidencial del primer mandatario Donald Trump y su gestión de gobierno tomará como uno de sus bastiones principales la lucha contra los inmigrantes ilegales en Estados Unidos, muchas son las dudas que se suscitan en torno a los controles relacionados a la información digital de las personas extranjeras en los aeropuertos.

En la Sección 235 de la Ley de Inmigración se exige que todos los extranjeros deben ser inspeccionados y revisados cuando entran al país, o de lo contrario podrían ser deportados al ser catalogados como “inadmisibles”. Puerto Rico no escapa de esta realidad, ya que el aeropuerto Luis Muñoz Marín es considerado puerto de entrada a los Estados Unidos.
En diferentes aeropuertos del país norteamericano, se han suscitado hechos relacionados con la revisión de equipos móviles como parte de la inspección por agentes de seguridad, quienes podrían tener acceso a cuentas personales de redes sociales como Facebook o twitter de los viajeros.
Partiendo de esa premisa en entrevista con la abogada Julie Cruz Santana, especialista en temas de inmigración, se analizaron las repercusiones que pueden tener este tipo de medidas en la vida de una persona que en un principio solo se dispone a viajar.
Si bien es cierto, que es correcto que Estados Unidos determine a quienes quieren en el país, el poder otorgado a los oficiales de Aduana y Protección fronteriza desde septiembre 11, relacionados a temas de inmigración les concede una posición privilegiada cuando se trata de examinar o conceder admisión a los viajeros.
Por su parte, quien desea ingresar a Estados Unidos, puede ser examinado si es ciudadano o admitido si es extranjero. Lo cierto, es que en la medida en la que una persona habilita su celular, y entrega la contraseña del mismo es objeto de investigación digital bajo su consentimiento. Contrario a lo que muchos puedan pensar, al considerar que no tienen nada que perder, porque no deben nada a la justicia, los expertos asienten en decir que “sí tiene que perder, porque das de tu vida y de la vida de un montón de gente, ya que tienen acceso a tu privacidad y a la privacidad de otras personas” explicó la licenciada Cruz Santana.

Imagen de: Wilgengebroed on Flickr / This file is licensed under the Creative Commons Attribution 2.0 Generic license.
Cuando un contenido digital se puede convertir en una prueba en tu contra
Constantemente las personas están recibiendo información digital y multimedia en sus dispositivos móviles. Parte de este contenido es buscado por los usuarios pero otro sinfín de material digital simplemente es recibido y muchas veces aunque no sea del agrado de la persona no siempre tiene control para impedir que esta información llegue a su dispositivo móvil. Un claro ejemplo son los videos o llamadas “cadenas” que se reciben constantemente y que no siempre son con fines educativos, profesionales o informativos.
Seguidamente, en este artículo se presenta un ejemplo de un caso que llegó a las manos de la Licenciada Cruz Santana y que sorprendentemente muestra cual vulnerable puede ser una persona del contenido que recibe en su equipo móvil, aunque lo haya borrado.
Un señor, residente permanente por más de 19 años en el país, con hijos menores de edad, nacidos en los estados unidos, sin antecedentes penales y de irreprochable conducta se vió involucrado y acusado de un delito que alega no haber cometido. Hace un tiempo atrás, el residente había recibido por whatsapp un video de pornografía infantil en su celular, consternado y molesto decidió borrarlo inmediatamente de su equipo móvil, pero los equipos tecnológicos cuentan con una memoria paralela que almacena esa información que se cree haber eliminado, y viaja sin actividad delictiva de ningún tipo. El señor, viaja a su país natal, y de regreso a Estados Unidos cae en el poder absoluto y plenario de los oficiales de Protección de la Patrulla Fronteriza, quienes le solicitan su celular y seguidamente el viajero lo entrega voluntariamente y lo desbloquea. El señor accede a dar sus datos personales por considerar que no tiene nada qué temer ya que no ha cometido ningún delito y por ello no se opone a ser objeto de revisión. Durante la revisión del equipo móvil por los agentes en el aeropuerto, recuperan dicho video, que se convierte en la razón por la que es acusado y procesado por traer material pornográfico al país.
De esta manera, se evidencia la vulnerabilidad de las personas ante el contenido de lo que reciben en sus equipos móviles y cómo este material puede ser considerado una prueba en su contra al momento de acusarlos de cometer algún delito.
Cruz Santana enfatiza en la importancia de reconocer que en los aeropuertos existe una diferencia entre los ciudadanos y los extranjeros ya que el proceso de ambos por los oficiales de seguridad es diferente. Los ciudadanos son examinados mientras que, los extranjeros son admitidos. Para que una persona sea objeto de revisión tiene que ser objeto de alguna sospecha razonable de que pueda estar cometiendo algún delito.
“Yo le Digo a mis clientes, tu como extranjero eres más vulnerable” asegura la Licenciada Cruz Santana quien además aconseja que lo recomendable es no viajar con equipos móviles como celulares o laptops, sobre todo si la persona es extranjera, ya que los posibles viajeros podrían pasar por un mal momento durante su viaje.
Intervenir se presta para la discriminación
En términos generales el Estado por medio de los agentes puede intervenir bajo una razón justificada, un motivo fundado o sospecha razonable, de que la persona en cuestión esté cometiendo una irregularidad y bajo esa premisa se justifica salvaguardar la información de los equipos móviles del viajero.
El abogado Josué González Ortiz de la American Civil Liberties Union (ACLU), explicó que para hacer un registro se necesita una orden judicial a menos que priven otras excepciones como la “Seguridad Nacional”, ya que en ese caso operan otros criterios, y esta razón supera el interés de la privacidad de las personas. Sumado a esto, actualmente se maneja el carpeteo en los aeropuertos, y se hace cuesta arriba para las personas objeto de abuso por parte de las autoridades presentar una querella, y aunque presentaran formalmente una denuncia, los remedios o soluciones a este problema son pocos.
En los registros, se pueden establecer listas de pasajeros que no responden claramente a un patrón determinado. Sin embargo, en estas listas pueden figurar personas a las que no dejan viajar por diferentes razones como: ser parientes de árabes o miembros de algún partido político. Estos registros son intensos y varían dependiendo de los criterios del National Security Act.
“Ellos no te dan información sobre la cual se basa una inclusión en una lista para no viajar, ya que todo se maneja bajo estricta confidencialidad” explicó el licenciado González Ortíz, quien aseguró que es difícil impugnar casos relacionados con esto, ya que la contestación es que te invitan a viajar de nuevo y probar, y no te dan razón específica de porqué una persona se pueda encontrar en estas listas.
Algunos distritos judiciales, impugnaron debido proceso de rendición de cuentas y procedimiento de ley alegando que eso se puede hacer por Seguridad Nacional. Criterios livianos que permiten el discrimen.
“En la medida en que se documenten más casos se podrá determinar un patrón claro de discrimen” asegura el Licenciado González Ortíz, quien considera importante evidenciar lo que ocurre para conocer con claridad lo que está ocurriendo en los aeropuertos.
¿Por qué muchas personas acceden a dar su información personal?
Una de las explicaciones es que las personas en ambiente de aeropuerto están en contra tiempo, por lo que en muchas ocasiones son más susceptibles en asentir peticiones, aunque no estén claros de cuáles son sus derechos.
En caso de que una persona se niegue, pueden detenerla, haciéndola esperar todo el día, mientras gestionen una orden judicial, lo que se traduce en una manera de hostigamiento si la persona se rehúsa a dar sus datos personales.
Lo cierto es que, los oficiales de Aduana y Protección Fronteriza tienen tanto poder y autoridad que pueden abusar de esa autoridad bajo sospecha razonable de algún delito.
Siempre se pueden evitar situaciones desagradables si conocemos nuestros deberes y derechos, lo importante es documentarnos correctamente sobre cada cosa que hacemos, más aún cuando salimos de los límites de nuestros países y nos enfrentamos a normas y leyes que a veces no conocemos.
Usted como derecho más importante en estos casos, no está obligado a responder preguntas. El negarse a responder a las preguntas no constituye un delito en sí y se recomienda solicitar hablar con un abogado. Especialistas que asistieron al conversatorio sobre cambios en las normas federales de inmigración concluyeron que la persona no está obligada a hablar con nadie aunque haya sido arrestado o incluso si se encuentra en prisión. Sólo un juez le puede ordenar que conteste preguntas.
Nota: El presente artículo se hizo con fines educativos y en correspondencia a una asignación de trabajo final de aspectos digitales.
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